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Plantearon observaciones a las investigaciones de los casos de Florencia Morales y Franco Maranguello

El Comité Nacional para la Prevención de la Tortura indagó sobre las dos muertes en comisarías provinciales durante la cuarentena dura por la pandemia del coronavirus. También recomendaron cómo investigar este tipo de hechos.

Florencia Morales y Franco Maranguello.

por Nestor Miranda

elchorrillero.com

Actualizada: 24/11/2021 10:24

El organismo nacional visitó la provincia entre el 22 y 24 de febrero de este año y elaboró un informe sobre distintos aspectos relacionados a lugares de detención como cárceles y comisarías de la provincia.

En ese punto, abordó los casos de Florencia Morales y Franco Maranguello. Si bien no dan nombres, a la primera la presentan como la muerte de una mujer detenida en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO) en una comisaría de Santa Rosa de Conlara; mientras que en el segundo sólo utilizan las iniciales y que se trata de un adolescente de 16 años que falleció en la Comisaría de Atención a la Niñez, Adolescencia y Familia de Villa Mercedes.

El Comité Nacional para la Prevención de la Tortura aclaró que, si bien los dos hechos fueron identificados como suicidios (según la versión policial) las averiguaciones para esclarecer las circunstancias aún se encuentran en curso y le requirieron información a la Justicia.

En ese sentido, recomendaron que en las causas se aplique el “Protocolo de Minnesota sobre la Investigación de Muertes Potencialmente Ilícitas del 2016”.

Las últimas novedades en la causa por la muerte de Morales fueron las pericias de partes que consideran “inviable” la posibilidad de un suicidio y sostienen la hipótesis del homicidio, según el abogado de la familia de la mujer, Santiago Calderón Salomón.

En un dictamen posterior el fiscal Roberto Silvestre no coincidió con los resultados de los peritos de la familia. Sostuvo que no son suficientes para concluir que hubo un asesinato.

En el caso particular de Maranguello, detenido el 24 de abril en la puerta dela casa, plantearon que “no se indagó sobre posibles acciones u omisiones de los efectivos policiales, sino que se hizo énfasis en los antecedentes” del adolescente.

Además, el Comité encontró irregularidades en la autopsia porque “no resultaba esclarecedora para determinar si era posible la hipótesis del suicidio en virtud de la poca exhaustividad”.

Asimismo, en el informe forense “no brindaba una explicación clara sobre lo ocurrido” y uno de los puntos en que mayor énfasis hicieron fue la falta de documentación fotográfica y fílmica: “Es fundamental contar con eso para documentar las conclusiones de la necropsia y que estas deben ser sometidas a revisión independiente”.

El organismo también habla de un tercer caso; un presunto suicidio ocurrido el 26 de marzo de 2020 en la Unidad Nº2 del Servicio Penitenciario de San Luis.

Al igual que antes, requirieron las actuaciones y observaron que “sólo había un sumario policial y se le recordó a la autoridad judicial que tienen el deber de iniciar de oficio y sin dilación una investigación seria, imparcial y efectiva a través de todos los medios legales disponibles para la determinación de la verdad”.

Luego, para saber si la Justicia había receptado las observaciones que le realizaron, el 8 de abril pidieron al juzgado Penal N° 3 que informara sobre los avances.

“Se puso en conocimiento del CNPT que, mediante una resolución del 4 de junio, se había ordenado la reserva de las mismas, corriendo vista al agente fiscal N°3. Es así, que con fecha 12 de julio de 2021 este comité envió una nota al Procurador General de la Provincia Luis Martínez, expresando su preocupación por lo dispuesto”, argumentaron.

Y agregaron: “En consonancia con el cierre de este informe, se remitieron solicitudes de datos para dar seguimiento al avance de las investigaciones”.

En la misma línea, subrayaron que la Provincia “no cuenta con registros de fallecimientos bajo custodia el Estado, marcos regulatorios ni experiencias de sistematización de información estatal o de organizaciones que releven esta temática”.

También aseguraron que las causas “no tuvieron avances sustanciales”.

“El CNPT advierte con preocupación el desarrollo que han tenido las investigaciones de muertes bajo custodia debido a la falta de cumplimiento de los estándares y directrices necesarios para garantizar la adecuada averiguación del hecho y los derechos de las personas involucradas y si resultan inadecuadas, pueden comprometer la responsabilidad del Estado”, finalizaron.

Recomendaciones

El organismo enumeró una serie de propuestas hacia las autoridades judiciales sobre cómo actuar frente a este tipo de hechos:

– El Poder Judicial debe llevar adelante investigaciones diligentes que permitan deducir responsabilidades respecto de estos hechos, en conformidad al “Protocolo de Minnesota”.

– Sugiere la realización de capacitaciones a funcionarios del Poder Judicial y ministerios Públicos respecto de los estándares para la investigación de muertes bajo custodia del Estado y hechos de tortura y/o malos tratos.

– Sistematización de la información e implementación de registros de delitos de tortura o figuras afines, como así también, de fallecimientos.

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